jueves, 29 de julio de 2010

FIESTAS PATRIAS

Con todo cariño por estas fiestas julias una canción de mi compadre Fernando Rentería dedicada a nuestro país chicha y zandunguero.

sábado, 17 de julio de 2010

NIÑA PRODIGIO EN LA GUITARRA

Cortesía de mi promo norbertina el gran Carlitos Abanto.
Realmente esta niña espectacular.
Zarapastro

viernes, 16 de julio de 2010

LAS PATINADAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL




Luego de algunos intentos por materializar algunas líneas y frases para el olvido en lenguaje litúrgicamente jurídico, me juré no volver a hacerlo cuando me di cuenta que las horas que invertí en estudiar, compilar, copiar, ensayar y pretender difundir mi pequeñísimo aporte al mundo del derecho, no era leído ni por mis propios amigos y menos por mis alumnos, es así como me dediqué a regalar lo poco que quedaba de mis libros con significativas dedicatorias, “para mi maestro”, “para fulano, uno de mis más distinguidos discípulos, “para mengano con el afecto y respeto profesional de siempre” y cursilería propia de quien no sabe qué hacer con los libros que le sobran, pero eso sí tiene muy en claro desaparecerlos de su vida y mirar con cara de yo no fuí al impertinente que alguna vez desea hacer un comentario sobre lo que has escrito "con seriedad y pulcritud".
Es así que decidí una de esas noches de casi cotidiano insomnio, tener mi blog y escribir sobre todo lo que quiera en el lenguaje coloquial que tanto me gusta.
Desde luego que hablamos de música, poesía, bohemia, fútbol, amistad, política, amor, desamor y temas diversos, por supuesto que el derecho no escapa a mis afanes de francotirador consumado, recuerdo que el año pasado traté algunos temas de propiedad intelectual, dándole sin piedad a algunas de sus instituciones infranqueables, sin haber recibido correspondencia contestataria, en fin, ya nos tocará discutir sobre esa especialidad en el Segundo Taller de Propiedad Intelectual que están organizando mis alumnos de la Villarreal, quienes tienen la paciencia de soportarme en clases con esa condescendencia propia de los buenos amigos que te aceptan en todas y este escribidor de la nada siempre agradecido hace que les perdone, todo lo que los buenos amigos tienen que entender de la amistad, que pasa muchas veces por el plano intelectual.
Lo único que no les he perdonado en el curso, es que no sepan la estructura y dialéctica del derecho registral, tres pasos básicos y elementales que aprender de esta disciplina, si es que deseas dedicarte al arte de la abogacía; cuando solicitas la inscripción de un título, se activan dos principios registrales: el de rogación y el de impenetrabilidad, luego, el registrador al calificar el título lo hace en mérito a dos principios: el de tracto sucesivo y el de legalidad y finalmente una vez que el título se ha inscrito se activan dos principios; el de fe pública registral y el de legitimación. Por lo que queda establecido que como abogados, no podemos dejar de verificar jamás esta última etapa, para iniciar luego lo que podemos considerar una exitosa travesía por el mar del las tempestades en el Poder Judicial o en el Tribunal Constitucional.
Suelo leer con alguna frecuencia la edición peruana de Le Monde, y en la que corresponde al mes de junio encontré algunos artículos pertinentes a la controversia que sostiene la Universidad Católica, “la cato” en el argot universitario limeño y el Arzobispado de Lima, el ala más reaccionaria de la Iglesia Católica, enarbolando las banderas del inefable Opus Dei, definitivamente los resultados de este pleito poco religioso para la Universidad que dice tener una de las mejores Facultades de Derecho del país y estimo de Latinoamérica, fueron desastrosos, derrota absoluta en primera y segunda instancia y para remate una paliza en el Tribunal Constitucional.
A la pregunta de uno de mis alumnos, pidiéndome una opinión sobre el porqué de esta escabrosa derrota de la Universidad que cuenta con una de las Facultades de Derecho, con la impecable plana docente que estimo debe tener, la respuesta creo encontrarla en que simplemente se obvió verificar cual era el testamento que generaba fe pública registral y legitimación, sencillamente eso, pequeño detalle que nos puede costar una aplastante derrota y permitir inclusive, los excesos de un Tribunal Constitucional que se regodeó y exageró, como suele hacerlo desde que fue elucubrado en la mente de Hans Kelsen.
Aunque soy un pirata confeso y un filibustero redimido, debo hacer incapié que buena parte de lo que viene de este análisis serio y bloguero, tiene la colaboración de mis alumnas Sue López, Jessica Pelaez, Mahida Rosales, Fiorella Sarmiento y Andrea Velásquez a quien agradezco su apoyo desinteresado, asimismo las gracias a Katherine Rivero por ayudarme en la concepción de la idea principal.
Inicialmente, debemos indicar los antecedentes que dieron origen al conflicto suscitado. Así, en el año 1944, cuando el señor José de la Riva Agüero y Osma fallece dejando cuatro testamentos sucesivos. El segundo y el cuarto de ellos, escritos en los años 1933 y 1938, respectivamente, contienen las cláusulas materia de la controversia sobre la administración de los bienes de la sucesión de Riva Agüero, entre la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y el Arzobispado de Lima.
La controversia: La postura del arzobispo de Lima; el Arzobispado de Lima debe seguir administrando, junto con la PUCP, los bienes materia de la sucesión de Riva Agüero, pues el Arzobispado vela por el cumplimiento de los testamentos del sucesor. Fundamentos: El testamento de Riva Agüero de 1938 señala la creación de una Junta Administradora de los bienes de la sucesión, que sería perpetua e insustituible y, por consiguiente, que cualquier acuerdo con vías de finalizar la participación de esta Junta en la administración de los bienes de Riva Agüero supone una grave afectación a la voluntad del sucesor. Postura de la Universidad Católica: La PUCP es propietaria de los bienes sucedidos por Riva Agüero y, por consiguiente, no tiene que seguir administrándolos con el Arzobispado de Lima. Fundamentos: La cláusula decimosétima del segundo testamento de Riva Agüero otorga, en propiedad absoluta a la PUCP, los bienes materia de la sucesión siempre y cuando la PUCP siguiera existiendo en el vigésimo año contando desde el día del fallecimiento de Riva Agüero.
Es el caso, que en el año de Año 1964, se cumple el plazo de veinte años de existencia de la PUCP señalado por el testamento de 1933 como requisito para que los bienes materia de la sucesión pasen a ser de propiedad de esta Universidad. Es así que en el año 1994, el rector de la PUCP, y el Arzobispo de Lima, se reunieron y acordaron oficialmente que, de estando a los testamentos de Riva Agüero, la Junta no debe tener relación con la administración de los bienes de la PUCP, acuerdo que después de cinco años, fue impugnado por el Arzobispo de Lima.
En el año 2007, la PUCP interpone demanda de amparo para evitar que el referido representante del Arzobispado de Lima obstruya el derecho de propiedad de la PUCP sobre los bienes materia de la sucesión de Riva Agüero, e impugne el acuerdo suscrito entre la PUCP y el Arzobispado en el año 1994, demanda que fue declarada improcedente en primera y segunda instancia, lo que motivó que la Universidad interponga un recurso de agravio constitucional, remitiéndose los actuados al TC, para que el supremo intérprete de nuestra Constitución Política declarara luego infundada la demanda.
FUNDAMENTOS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, ESGRIMIDOS EN SEDE CONSTITUCIONAL :
La Pontificia Universidad Católica del Perú interpuso recurso de agravio constitucional contra la sentencia de la Octava Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró improcedente la demanda de amparo del 6 de marzo del 2007, contra don Walter Arturo Muñoz Cho, en su calidad de miembro de la Junta Administradora de la herencia de don José de la Riva Agüero y Osma, solicitando que se abstenga de intervenir directa o indirectamente, a través de la Junta Administradora o por cualquier otro medio, en el ejercicio pleno del derecho de propiedad que le corresponde a la Universidad sobre los bienes que ha heredado de don José de la Riva Agüero y Osma, respetando así la voluntad del testador; y, que se abstenga de pedir directa o indirectamente, a través de la Junta Administradora la revisión del acuerdo del 13 de julio de 1994 que interpretando la voluntad testamentaria de don José de la Riva Agüero y Osma, declaró que los bienes heredados por la PUCP debían ser administrados por ella, correspondiéndole a la Junta únicamente cumplir los encargos y las mandas del testador.
La PUCP sostiene que la cláusula décima séptima del testamento del 3 de diciembre de 1933 , en el cual se dispuso que la Universidad adquiere el usufructo de los bienes por 20 años, tiempo durante el cual la Junta Administradora solo debía administrar y le entregaba los rendimientos a la heredera, por lo que al vencer el plazo y estando a que la Universidad siguió existiendo pasado los 20 años, adquirió la propiedad absoluta debiendo la Junta entregarle los bienes que administraba. Además dicha situación fue reconocida expresamente por la propia Junta en su acuerdo del 13 de julio de 1994 teniendo en cuenta que los testamentos de don José de la Riva Agüero y Osma instituyeron como heredera principal de sus bienes a la PUCP.
Asimismo, la PUCP refirió que la pretensión de Walter Arturo Muñoz Cho de querer revisar el acuerdo del 13 de julio de 1994 deviene en una amenaza, contra el derecho constitucional a la inmutabilidad de los acuerdos, así como también vulnera la autonomía universitaria de la PUCP, pues plantea una agenda en la que incluye la revisión de los actos de administración y disposición de sus bienes.
La PUCP alegó que las cartas remitidas por Walter Arturo Muñoz Cho al Rector de la universidad estarían cuestionando abiertamente el derecho de propiedad que tiene sobre los inmuebles heredados de don José de la Riva Agüero y Osma, así como exigiendo que la administración y disposición de los bienes heredados lo ejerza la Junta Administradora. De esta forma se estaría desconociendo la cláusula décima séptima del testamento del 1933, del codicilo cerrado del 23 de mayo de 1935, de la cláusula quinta del testamento ológrafo del 1 de setiembre de 1938 y del testamento abierto complementario del 9 de diciembre de 1939; en virtud de los cuales hace más de cuarenta años que la universidad vendría a ser propietaria de una serie de inmuebles heredados de don José de la Riva Agüero y Osma, razón por la cual la Junta Administradora no puede tener injerencia alguna en la administración de sus bienes heredados, pues en los testamentos mencionados se estableció que solo se encargaría del cumplimiento de las mandas y los legados de don José de la Riva Agüero y Osma; considerando a estas cartas como actos reclamados lesivos.
Don José de la Riva-Agüero dejó una indicación expresa de cómo debían ser interpretados los testamentos de 1933 (hecho como testamento cerrado ante el notario Agustín Rivero y Hurtado) y de 1938 (hecho como testamento ológrafo):
“[…] otorgo este mi testamento ológrafo [el de 1938 mencionado], para que amplíe y modifique mi anterior testamento cerrado que otorgué hace años ante el notario Rivero y Hurtado [el de 1933 aludido antes], y que guarda hoy en su poder mi amigo y albacea el señor doctor don Constantino J. Carvallo.- Las disposiciones de ese testamento cerrado quedan vigentes en cuanto no se opongan a las del presente según lo determina el artículo setecientos cuarentiocho del actual Código Civil.- Si por cualquier causa, no valiere o se extraviare, o yo revocare ese testamento cerrado, regirá sólo como mi última voluntad el presente que escribo pues los anteriores testamentos que hice en Roma y Lima quedan revocados expresamente, sin más excepción que el dicho cerrado de veintitrés de mayo de mil novecientos treinticinco y el tres de diciembre de mil novecientos treintitrés ante el mismo notario [el que llamamos testamento de 1933]”.
Es así que en el testamento de Riva-Agüero de 1938, él disponía que el testamento de 1933 se mantuviera válido, salvo en lo que se oponía al nuevo testamento.
Teniendo en cuenta lo dicho por la PUCP la Junta Administradora fue creada por Don José de la Riva Agüero y Osma para el sostenimiento de la universidad y para el cumplimiento de sus encargos, legados y mandas perpetuas durante el usufructo antes de que adquiriese la propiedad absoluta de sus bienes, pues el 25 de octubre de 1964 al haberse cumplido veinte años del fallecimiento de don José de la Riva Agüero y Osma y seguir existiendo la PUCP, se cumplió con la condición prevista en la cláusula décimo séptima del testamento del 3 de diciembre de 1933, razón por la cual la PUCP adquirió la propiedad absoluta de los bienes de la herencia .
FUNDAMENTOS DEL ARZOBISPADO DE LIMA
Ante la demanda de amparo interpuesta por la PUCP, el Arzobispado en calidad de emplazado contesta la demanda solicitando la nulidad del auto de admisión, primeramente proponiendo la excepción de falta de agotamiento de la vía previa y señala su posición en los tres aspectos demandados por la PUCP:
Primero, en cuanto al derecho de propiedad que alegaba la PUCP: el testamento de don José de la Riva Agüero es muy claro al establecer que sería una Junta de Administración conformada por el rector de la PUCP y por un designado por el Arzobispado de Lima, lo cual se puede apreciar en la cláusula quinta de su testamento del 1° de septiembre de 1938: “ para el sostenimiento de la Universidad Católica de Lima , a la que instituyo por principal heredera y para los demás encargos, legados y mandas que en mi testamento cerrado estableció, pongo como condición INSUSTITUIBLE y nombro como ADMINISTRADORA PERPETUA DE BIENES, una junta que será al propio tiempo la de mi albaceazgo mancomunado , por indeterminado plazo que se lo concedo y prorrogo de modo expreso”, sin embargo la PUPC señaló que rige el testamento de 1933 en el cual se establecía que a su muerte la Universidad recibía los bienes en usufructo y si continuaba existiendo a los 20 años de su fallecimiento estos pasaban a su propiedad. Pese a ello fue la misma PUCP que sostuvo su derecho reconocido en el testamento de 1938 y no el de 1933, en un proceso seguido en 1957, en el cual el Juez de Primera instancia de Lima, Dr. Francisco Velazco Gallo, quien fuera mi profesor de unos de los curoso de Procesal Civil en mi querida San Marcos, resolvió que la PUCP es propietaria del inmueble inscrito en su condición de heredera de don José de la Riva Agüero conforme al testamento ológrafo de 1938 que modifico las disposiciones del anterior testamento del tres de diciembre de 1933, como lo manifiesta la ley en cuanto que el testamento posterior prima sobre el anterior. Así mismo la Junta de Administración funcionó desde la muerte de su benefactor hasta 1994, casi 50 años después de su muerte, lo que significa una conformidad de medio siglo sobre la voluntad del testador. Por tanto la PUCP reconoce tácitamente el testamento de 1938 siendo el que ahora pretende desconocer.
En cuanto a la autonomía universitaria, la cual es reconocida por la Constitución y la Ley Universitaria, según la PUCP se estaría afectando al solicitar el Arzobispado una agenda en la que se incluya la revisión de los actos de administraron y disposición de sus bienes. El Arzobispado de Lima sostuvo que no existe incompatibilidad entre el ejercicio del derecho a la autonomía universitaria y respeto al régimen establecido en una donación o legado , que es la forma como la PUCP adquirió los bienes de don José de la Riva Agüero y precisamente por ello quien recibe un bien sujeto a cargo no puede sentirse despojado o amenazado en su derecho a la propiedad por que se quiera hacer cumplir el cargo por cuanto su propiedad soporta esta modalidad del negocio jurídico testamentario que le ha sido impuesta por quien decidió dejarle en herencia los bienes. Además en el artículo 83º de la Ley Nº 23733 contempla una norma especial en los casos de bienes donados, heredados o legados, en los que el donante o causante haya establecido un régimen especial que deba ser respetado.
Ahora, en referencia a la inmutabilidad de acuerdos alegada por la PUCP, el Arzobispado sostuvo que está en todo su derecho al solicitar la revisión del acuerdo adoptado el 13 de julio de 1994, en el cual al limitar su actuar solo al cumplimiento de mandas y encargos religiosos viola la voluntad del testador expresada en el testamento de 1938 y reconocida por resolución judicial de 1957, constituyéndose por los citados motivos en ineficaz no pudiendo surtir efectos jurídicos. Recordando que fue el testador que nombro a una junta perpetua para la administración de los bienes de la PUCP de manera insustituible, siendo que la materia testamentaria es imprescriptible. Que, la revisión de los acuerdos adoptados por una Junta de administración son por ley un derecho exigible, en cuanto que no son un contrato y nada obsta para que se pueda solicitar la revisión del mismo, como sucede en los directorios de cualquier empresa en los que los acuerdos se pueden revisar y modificar, indistintamente sin atender a plazos, por tanto no constituyen amenazas o agravios en tanto tienen como fin resguardar y restituir la última voluntad del testador.
FUNDAMENTOS EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional con fecha 17 de marzo de 2010 emitió Sentencia, contenida en el expediente Nº 03347-2009-PA/TC, declarando INFUNDADO el recurso de agravio constitucional interpuesto por la Pontificia Universidad Católica del Perú contra la Sentencia de la Octava Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró improcedente su demanda de amparo.
Es importante advertir que la sentencia fue emitida con la asistencia de los magistrados Vergara Gotelli, Mesía Ramírez, Beaumont Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Álvarez Miranda. Sin embargo, lo acordado tuvo votos singulares de los magistrados Beaumont Callirgos y Eto Cruz, los cuales se encuentran adicionados a la sentencia. Asimismo, ésta agrega el fundamento de voto del magistrado Vergara Gotelli.
La sentencia se encarga de analizar los siguientes puntos:
En primer lugar, el pedido de nulidad de sentencia que la demandante formuló a través de su recurso de agravio constitucional, señalaron que no existió vicio que acare la nulidad, pues apareció suscrita por los señores magistrados que emitieron sus respectivas ponencias, no afectándose en modo alguno el sentido del fallo.
En cuanto al fondo del acuerdo de la Junta de 1994, el mismo constituye un acto interpretativo entre lo que instituyó el testador en 1933 y aquellos condicionantes que él mismo, cinco años después, con carácter evidentemente modificatorio, introdujo en el testamento de 1938. Debiendo acotarse que se señala que la lectura del artículo 83º de la misma Ley universitaria define aquello que constituye patrimonio de las universidades, determinando que los bienes provenientes de donaciones, herencias y legados, quedan sujetos al régimen establecido por el donante o causante, según sea el caso. Por tanto, si la Universidad heredó un patrimonio que está afectado por el testador con la obligación de que, sobre el mismo, sea Junta insustituible que lo administre a perpetuidad, tal voluntad y el cumplimiento de ella, no se oponen a la autonomía universitaria.
Es importante señalar que se hace incidencia en que la doctrina y la jurisprudencia admiten que, si bien pueden no haber reglas especificas o expresas en la ley, para desentrañar el genuino deseo del causante, que llevó al mismo a realizar actos de liberalidad, en primer lugar existe la imperiosa necesidad de aceptar que, toda disposición testamentaria, deberá entenderse bajo el sentido literal de sus palabras. Siendo que, la Pontificia Universidad Católica del Perú habría abandonado y obviado lo estipulado por Riva Agüero con su puño y letra y con sus propias palabras, al afirmar que “la competencia de la Junta Administradora de la herencia quedó reducida al cumplimiento de las mandas y encargos perpetuos del testador, y no comprende la administración de los bienes de la Universidad”.
Ahora bien, en referencia a los votos singulares se debe indicar que el doctor Beaumont Callirgos, quien fuera mi profesor de Derecho Comercial en aulas sanmarquinas, votó por declarar IMPROCEDENTE la nulidad deducida en el recurso de agravio, IMPROCEDENTE los recursos de queja presentados por la recurrente (Exp. Nº 133-2009-Q/TC y Exp. Nº 134-2009-Q/TC) e IMPROCEDENTE la demanda de autos, dejando que sea la justicia ordinaria la que, de conformidad con los fundamentos 16, 19 y demás pertinentes (de su voto singular), supra, defina esta controversia.
De ese modo, dicho magistrado fundamenta que “(…) las nulidades que se han deducido no pasan el test de relevancia constitucional a la que se ha hecho referencia supra. Esto es así, además, porque las instancias judiciales han actuado en el marco de sus competencias, interpretando la Ley Orgánica del Poder Judicial y las normas procesales aplicables al caso, dando por concluida la instancia y notificando a la recurrente una resolución que declaraba improcedentes su demanda, lo que permitido por lo demás, habilitar la competencia de este colegiado conforme al artículo 202.2 de la Constitución”; además, señala que “(…) las resoluciones impugnadas no deniegan el recurso de agravio, sino sólo declaran no ha lugar la apelación contra tres resoluciones de la Sala Civil correspondiente, en tal sentido los recurso de queja presentados resultan improcedentes. Por lo demás, considero que la pretensión material contendida en dichos recurso de queja han quedado ya subsumidos en la respuesta que se dio al pedido de nulidad”.
Finalmente, el doctor Beaumont respecto del análisis de la demanda sostiene que “(…) resulta que para que dichas amenazas se conviertan en auténticos actos lesivos, debiera, al menos con relación a determinados actos, concurrir el propio Rector a convocar a la Junta y ésta proceda, como primer acto, a modificar su Reglamento, para luego y sobre la base de tales modificaciones, recién dar paso a los actos propiamente violatorios de los derechos que se alega en la demanda (…)”; agregando que “(…) una carta para convertirse en amenaza real a ciertos derechos fundamentales, no basta con que exista o sea remitida por la más alta autoridad civil, militar o eclesial: debe, por lo menos, tener la capacidad real de crear un potencial riesgo para determinados bienes de naturaleza constitucional, lo que no ocurre en el presente caso”.
Consecuentemente, respecto del voto singular del doctor Eto Cruz, éste votó por declarar IMPROCEDENTE los recursos de queja interpuestos en los Expedientes Nº 133-2009-Q/TC y 134-2009-Q/TC, FUNDADA la demanda, por haberse acreditado la amenaza de violación a los derechos constitucionales de la Pontificia Universidad Católica del Perú a la propiedad, la autonomía universitaria y la inmutabilidad de los acuerdos y DISPONER que el representante del Arzobispado de Lima en la Junta Administrativa, se abstenga de requerir ejercer las facultades de administración y control sobre los bienes de la Pontificia Universidad Católica del Perú, materia de la herencia.
En ese sentido, fundamenta su voto según los siguientes argumentos: “De acuerdo a lo establecido por el artículo 19 del C.P. Const., el recurso de queja sólo procede contra resoluciones denegatorias del recurso de agravio constitucional. En el presente caso, las resoluciones impugnadas no deniegan el recurso de agravio, sino sólo declaran no ha lugar la apelación contra las tres resoluciones de la Sala Civil (…)”. Así en referencia a la demanda funda su decisión en que “(…)no puede entenderse la facultad de administración asignada a la junta Administradora como una facultad plena de disposición de los bienes de la Universidad, pues ello podría llevar a entorpecer su normal desenvolvimiento y porque ello afectaría obviamente de manera muy determinante la posibilidad de que la universidad se maneje de un modo autónomo, tal y como lo prescribe la Constitución en su artículo 18”; asimismo, considera que “(…) la facultad de administración asignada a la Junta Administradora por la cláusula quinta del testamento del 38, no debe leerse como una facultad de disposición, gestión o decisión sobre los bienes heredados de Riva Agüero, como lo ha pretendido a través de sus cartas, el representante del Arzobispo de Lima en la Junta administradora, don Walter Muñoz Cho”.
He leído un artículo del prestigiado profesor de esa casa de estudios Dr. Juan Monroy Gálvez referido a este tema, indica entre otras cosas, el autor en cuanto a el Tribunal Constitucional "que lo que fué un baluarte contra la dictadura no puede ser en tan poco tiempo, una institución prescindible", "el resultado es desolador, la confianza en el TC, se ha debilitado a niveles insospechados", ¿sabe el TC que en un país con una cultura jurídica incipiente se puede llegar a asumir "que sus fundamentos obligan?" y cosas por el estilo, me parece que el connotado catedrático de la PUCP, ha perdido equilibrio en la crítica y eso suele suceder con muchos de nuestros colegas que luego de perder un proceso, al primero que culpan es al mal Juez; lo que sucede es que no supieron planificar la estrategia a seguir en la "batalla" legal, que se materializa en un proceso judicial o constitucional, en razón a que los excesos del Tribunal Constitucional y los desatinos y la corrpción del Poder Judicial y el Ministerio Público no pueden ser materia de culpas que exorcizan demonios de desconocimiento e inexperiencia en estas lides. Con el perdón de todos los abogados con una brillante vida académica, lo que a mis alumnos les quiero decir, que una cosa es la práctica cotidiana de la defensa en juicio y otra la cátedra, asuntos que se abisman cuando los resultados de un proceso seguido por profesores de derecho son adversos.
También me invita a la reflexión lo vertido por Pepi Patrón, Vice Rectora de Investigación de la Pontificia Universidad Católica del Perú, por cuanto su visón de pluralidad de su centro de estudios, no es la que comparto, me llama la atención también cuando expone: "En la Católica se indica que hay que leer de todo y escuchar a todos. Que una universidad es eso, universial. Que no existe el libro vetado, ni las etiquetas rojas (que sí existen por ejemplo, en la Universidad de Piura)". Bueno mi estimada Dra. Patrón, creo que hay cosas peores en este país, por lo menos el Opus tiene una Universidad etiquetando de rojo todo lo que le parece pecado, lo que no es casto y el amor que no es virgen, incluídos los libros; pero creo que el problema radica en que la mayoría de los centros de estudios superiores en este país ni siquiera tienen libros para ponerle etiquetas de cualquier color, y eso si es terrible, y demuestra que no puede existir una Universidad plural, si el país no lo es, no se puede discriminar, lo que ya nace discrminado y en nuestra sociedad kombi, achorada, pituca, hard y densa; de veranos en asia y en agua dulce, de discotecas Aura y de chichódromos donde José María Chacalón Jr. o Toño Centella, cantan penas de los marginales, la realidad nos indica que aún no llega la Universidad que todos soñamos para el Perú.
A veces tomar las calles demuestra la solidez de la defensa de la autonomía universitaria, por ejemplo si bien la Municipalidad de Lima le ganó judicialmente a San Marcos, hasta ahora el patán de Castañeda Lossio no puede concluir la obra en la Av. Venezuela, porque los sanmarquinos, no se lo permiten en la práxis, que es la madre de todo cambio social y por ende de cualquier proceso judicial favorable.








jueves, 15 de julio de 2010

SE ACABÓ EL MUNDIAL PERO LA PASIÓN NO MUERE


El futbol se gana con goles, y para hacer goles se necesitan jugadores de futbol y goleadores. Por supuesto que también buenos defensas para que no te metan un gol mas de los que tu equipo metió y pierdas igual como le paso al Brasil de Zico, Socrates & Cia perdiendo con Italia 3-2 en el 82. Un Manuel Mellan sin un Hugo Sotil para que haga magia detrás de él, no le hace goles ni a un arquero ciego. Las formulas de futbol se han vuelto mas importantes que el futbol en si, y no dejan espacio para la creación individual, la jugada espontanea. Cada vez que Robinho hacia una jugadita inspirada se volteaba a ver la cara de Dunga como pidiéndole disculpas por la osadía. A Messi le leyeron el libreto del Barcelona y cada vez que intentaba sus famosas descolgadas por la derecha, la defensa contraria no le daba espacio para el remate, consecuencia: un Messi anulado. Alemania-Argentina ha quedado para la historia como un partido clásico en el que un equipo entra a la cancha preparado para todo lo que sabe hacer el contrario, lo neutraliza y lo golea. También como un clásico en el que un entrenador que no sabe improvisar, pierde por no tener alternativas tácticas, a diferencia de por ejemplo Van Marwijk, el DT de Holanda (que venia jugando 4-2-3-1) haciendo con los dedos de las manos 4-4-1 señalándole a sus jugadores el sistema táctico a usar luego de la expulsión de Heitinga. España juega como el Barcelona, todos los goles fueron hecho por jugadores del Barcelona y gano 1-0, su futbol es bonito pero no me gusto, no es efectivo todavia. Y no es efectivo todavia porque hay algunos que no se han adaptado por completo a la filosofia del Barcelona de sacrificar el individualismo para marcar goles, Villa y Pedro todavia no entienden eso, tienen compañeros de equipo mejor colocados, pero ellos quieren culminar las jugadas y fracasan. Uruguay pudo ganar su partido con Alemania si Luis Suarez hubiera entendido eso y soltado la bola cuando debio hacerlo. No me puede gustar el juego de un equipo que entra a la final con un gol de un defensa, Puyol, del cual Robben demostró lo que les he dicho a mis amigos de por acá todo el tiempo: Puyol esta viejo, ya no corre con la velocidad de antes, se debería de retirar antes de que lo retiren. No me gusta el futbol de un equipo que no es capaz de hacer goles en los 90 minutos de juego ordinarios. Me gustaba más el futbol de Argentina, y me emocione cuando el gordo Diego movió a sus jugadores para el partido contra Grecia (2-0), creí que había un DT con cojones para improvisar sobre la marcha, me equivoque. El futbol de Holanda se parecía al antifutbol clásico de Bilardo: machetear hasta que el otro equipo este tan desmoralizado que no pueda hacer goles y se deje hacer goles de puro miedo al golpe. Me quede viendo el partido hasta casi las 12 de la noche, para ver los fuegos artificiales en un país donde el ciudadano promedio no tiene la capacidad económica para pagar la entrada a un partido ni siquiera ahorrando durante varios meses, donde el 20% de los adultos son HIV positivos y hay un millón 200 mil niños huérfanos por culpa de esa enfermedad. Un país en el cual la prostitución (al igual que Alemania 2006) fue legalizada durante el tiempo del Mundial de futbol. En todo caso la FIFA ha aprendido a ser mas discreta con su manipulación de los partidos. Le basta con poner a un árbitro que sanciona con una amarilla a De Jong cuando le puso los toperoles en el pecho a Xavi Alonso. Ya no es como en Argentina 78 cuando el genocida General Rafael Videla en ese entonces Presidente de Argentina y Henry Kissinger entraron a los camerinos peruanos media hora antes de iniciarse el partido que culminaría con la derrota de Perú por 6-0.
Crees Beto, que estaremos vivos o gozando de todas nuestras facultades intelectuales la siguiente vez que Perú participe en un Mundial de Futbol?
Abrazos
Ricardo Zuluaga


Estimado Ricardo:

A pesar del hermoso espectáculo que ofrece en general un mundial de fútbol, no me interesa mucho el ver al Perú en esas justas, para mí, la franja roja tiene un nombre que no es Perú, sino el Echa Muni y creo que moriré de pena sino volviera ver más a mi equipo de siempre, al símbolo de mi fidelidad, aunque se encuentre en sexta categoría, no interesa, siempre iré a ver al Municipal hasta que Dios me dé vida.

Te comento una anédecdota que me generó gran afecto por un grupo de mis alumnos de la Villarreal el año pasado. Sucede que dictaba los sábados por la mañana y coincidentemente ese día el Muni tenía programado un partido para las 11 y 30 horas con el Cobresol de Moquegua en la Segunda División, al iniciar las clases les dije con algo de pena que ese mañana de invierno no iba a ver al equipo de mis amores, por cuanto el deber me llevaba a las aulas universitarias; es así que las horas de clase transcurrieron en lo inevitable que es para mí la burla propia y la ironía por los absurdos legicidios emitidos por registradores, funcionarios públicos, muchos jueces y vocales, fiscales y demás animales de ese zoo jurásico e incomensurable que es el aprendizaje y el ejercicio de derecho en este mundo de locos, de injusticias, corrupción, hambruna y deseperanza. Luego de concluídas las clases me dirigí a las oficinas respectivas a firmar los partes de asistencia y fuí abordado por un grupo de unos seis alumnos que me dijeron que los acompañara a almorzar a un chifa cercano a esa casa de estudios y que tenían una sorpresa para mí. Grande fué mi alegría cuando vi en la pantalla de televisión al equipo de mis amores y en las tribunas a su ya famosa barra "la banda del basurero", que hace tanto o más bulla durante el partido que las ya famosas bubuceleas. Cosas del fútbol peruano y por las que nos es prohibitibo concurrir a las justas mundiales, no sé a quien de los gaznápiros que dirigen la federación se le ocurrió suspender el partido para las 13 y 30 horas. No puedo negarlo fuí feliz, soy feliz cuando veo a mi Academia, hoy venida a menos, no me interesa, cuando mi equipo juega, para mi es el campeón del mundo y en la tribuna soy más energúmeno que un barra brava o un hollingan, si ganamos aliento, si perdemos alentamos más, si nos golean dejamos la garganta en la tribuna, ese es mi Muni y por eso para mi el Mundial recién empieza cuando comience a jugar la Copa Perú en setiembre, allí estaré en el pueblo y el estadio que le toque jugar a mi equipo, con mis hijos, mis sobrinos, mis hermanas, mis primos, mis tíos, porque como lo decía mi padre, que ahora mora en otras latitudes: Rossel que no es del Muni, no es Rossel; además de toda esa pequeña pero gran familia que es la hinchada del Centro Deportivo Municipal.
Los del Muni no somos como Melcochita hermano, sólo le hacemos prueba de ADN a nuestros hijos, si es que estos de manera extraña salen hinchas de otros equipos y te lo aseguro hay muy pocos sin el gen blanquirojo.

Un abrazo hermano y no te preocupes que tu Boys permanecerá en la Primera, porque la rosa es de Primera.

Celsito nos vemos mañana en el Brazuca.
Huguito, de pasadita un homenaje de Calamaro al Diego, el más grande siempre.

Zarapastro


domingo, 11 de julio de 2010

LA MANO DE UN PECADOR VERSUS LA MANO DE DIOS


Que pena, acabó el mundial de fútbol, lo extrañaré, sobre todo cuando tenía que verlo en casa, lo digo por la horas en las que no había porque pelear por el más insignificante de los motivos, es que los partidos, algunos de veras interesantes, acendraban ese autismo sentimental que sólo los largos años de inconvivencia te pueden dar; a veces me he preguntado si el fútbol tenía algo que ver con el matrimonio, la respuesta ha sido contundente: el fútbol por la televisión es el termómetro que te indica la gelidez de una larga relación forzada por los sentimientos de culpa, que hacen que algunas parejas todavía soporten verse vestidos de aburrimiento todas las mañanas al despertar. Creo imposible, que si tuvieras entre tus brazos a la mujer que amas, siquiera puedas prestarle cinco minutos a tu atención para ver e hinchar por tu querido Muni (mi equipo hasta la muerte, el campeón de campeones en mi corazón, franja roja que llevo tatuada en el alma), así de cruel es la realidad de los "domingos de fútbol, metido en casa", como lo dice el buen José Luis Perales, no nos engañemos.

He llegado ha advertir inclusive, que para este mundial existía propaganda televisiva que invitaba a las esposas a dedicarse a las compras, mientras sus parejas se entrenían viendo la justa furbolera mundial por ese aparato a colores, último modelo, que ahora cuesta un montón de dinero, y viene plano como el trasero de la Cabanillas, a colores como la inmoralidad de Kuori, inmenso como la barriga de Alan García y capaz de tragarte de un sólo bocado como la fealdad de Lourdes..

Aún así, estuvo entretenido Sudáfrica 2010 por lo que hizo Uruguay, claro, lo que sucede es que como soy hincha a muerte del Echa Muni, siempre tiro para los equipos chicos y realmente los celestes representaron a todos los proletarios futboleros de este mundo; miren que desde la banca Washinton Tabarez demostró que para ganar tienes que ser consciente de tus debilidades, más que de tus fortalezas, Luisito Suárez que costaba la décima parte de lo que cuesta Jefferson "Alce Tonto" Farfán, nos enseño lo que es estar concentrado por tu país y tu dignidad hasta el último segundo y que más vale la "mano de un pecador", que la "mano de Dios" que se llenó de soberbia y Alemania lo llenó de goles y le metió una paliza que a los albicelestes les debe haber dolido más que la muerte de Gardel y la invasión inglesa a las Malvinas. Recuerdo los comentarios preliminares de los periodistas argentinos, cuando España no andaba tan bien en la primera ronda y decían, que los rojos eran el Barcelona, pero sin Messi, a esos "boludos", Vicente del Bosque, entrenador español les demostró que hablan más estupideces que Keiko en campaña electoral y que Beingolea, Peredo y Fleishman juntos. Lo de "Cachabacha" Forlán, sencillamente maravilloso, por la forma cómo aprendió a pegarle a la jabulani, la entrega que tuvo y esa capacidad de jugar de enganche y de delantero en cualquier zona del ataque, el mejor del mundial, lejos; otro afecto para el "loco" Sabastián Abreu, ese si es un "señor conchudo"; aprende Dunga, ¿nunca te zampaste a un quino en tu rioba?, ¿no tienes "cayetano"?: "palomilla de ojo mágico", no te tomes tan en en serio el fútbol, es sólo un juego, como el amor....., sino pregúntale a Celsito que hasta ahora me tiene pendiente media res en el Queirolo, o a Huguito Núñez a quien le debo un cebichito en el Heidy, allí me explicará, en la segunda Cristal helada (me refiero a la cerveza, no a los hinchas de ese equipo), porque el Diego no le consultó al narigón Bilardo cómo debe pararse una defensa y que hacer para mandar en viaje espacial sin retorno a Plutón, al cojo de Otamendi, el jugador más malo de todos los mundiales, que gracias a Dios, el gran Borocotó, periodista verdadero, no registró en sus crónicas, porque sino se vuelve a morir, esta vez de amargura, porque ese parrillero es un insulto al fútbol, como lo eres tú Manuel Burga que en plena fiebre mundialista, aprovechando el pánico, contratas al dinosaurio de Markharián un entrenador de la década pasada, si Tim se deja, lo resucitas y lo contratas: "traferazo".

Un recuerdo para los "pechos fríos" de Cristiano Ronaldo y Kaká, lo mejor de Brasil y Portugal, claro, si no sabes remontar la adversidad, simplemente te queda modelar la ropa deportiva, que coincidentemente lleva los colores del país que representas, para ellos casi nada, sólo una anécdota.
Como bien lo puntualizaron un sábado de bohemia en la casa de Jorge Figueroa y Anita Macalupú (ubicado en nuestro querido barrio bajopontino), los filósofos de la calle, mi compadre Calichi Loyola, Orlando Soto, "el Curro" Lizón, "el vasco" Elcolobarrutia y Carlitos Riera; los alemanes como siempre innovadores nos han enseñado que en estos tiempos el resultado es lo que importa y han nacionalizado dos polacos, un brasilero, un turco, entre otros y si algún judío jugará bien al fútbol, no tendrían ningún problema en darle pasaporte teutón a los paisanos de Jesucristo, Judas, Carlitos Marx, Freud y Spilberg; ya me imagino el próximo mundial en Brasil a la barra de Alemania gritando a todo pulmón un gol de su equipo anotado por un judío futuro goleador en el Bayer o en el Hamburgo, en fin.
No te olvides San Siu Mei que mi elegido fué Uruguay, casi la chunto, creo que para mejorar mis pronósticos esta vez tengo que bailar más en los tonos del San Norberto.
Los dejo, hipócritas lectores iguales a mí, refirmando mi tesis, luego de este mundial, que el fútbol, el deporte rey, es la mayor muestra que el amor no es eterno, y que sólo le roba algunos minutos a nuestras vidas, porque los estadios llenos y los millones de televidentes, representan que la gran mayoría de los seres humanos que moran en este valle de lágrimas, no estan en los brazos de sus parejas amadas, haciendo goles en otra cancha y sudando la camiseta de una piel unida a otra piel llena de pasión.

Zarapastro.